El 20 de octubre, la jueza federal con competencia electoral María Servini suspendió hasta después de las elecciones un programa del Gobierno nacional de entrega de subsidios de $ 5000 a jóvenes para actividades culturales, entendiendo que violaba la ley electoral. La magistrada se basó en el Código Electoral Nacional que, en su artículo 64 quater (publicidad de actos de Gobierno) fija que durante la campaña electoral la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan o desincentiven expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos, ni de las agrupaciones políticas por las que compiten. Taxativamente prohíbe 25 días antes de los comicios de la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de Gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales que compiten. La pregunta es si a la luz de lo sucedido ayer en el Hipódromo, donde se entregaron subsidios a miles de personas, cabe la interpretación de Servini. Ya en agosto, 30 días antes de las primarias abiertas, el Gobierno provincial hizo lo mismo: para que personas del interior recibiesen una ayuda estatal de $ 5.000 debían presentar el DNI y una carta de pobreza. Desde el Ejecutivo se explicó que la Secretaría General de la Gobernación estaba a cargo de repartir los fondos de agosto a diciembre; y que respondían la crisis que provocó la pandemia. Hubo planteos de los sectores opositores pidiendo a la Justicia Electoral Nacional que intervenga, e incluso denuncias como la del concejal de Yerba Buena Alejandro Carlos Sangenis, quien hizo un planteo penal por la supuesta compra de votos. Algo parecido a lo del legislador José Ricardo Ascárate, quien denunció penalmente al gobernador, Juan Manzur, por la presunta compra de voluntades. En esa ocasión, el vicegobernador, Osvaldo Jaldo, señalaba públicamente que el jefe del PE pretendía comprar la voluntad de los tucumanos con el objetivo de poder lograr su re-reelección. Sin embargo, no hubo intervención judicial, como la de Servini. Además, es válido señalar que el propio Código Electoral establece sanciones específicas en el artículo 133 bis: “los funcionarios públicos que autorizaren o consintieran la publicidad de actos de gobierno en violación de la prohibición establecida en el artículo 64 quater, serán pasibles de inhabilitación de uno a diez años para el ejercicio de cargos públicos”. Lo observado nuevamente en el Hipódromo degrada a la acción política, pero más que nada debilita y alimenta el descredito de las instituciones del Estado. Porque, si bien los índices de pobreza y los niveles de desocupación en la provincia son elevados, y hay una gran parte de la sociedad que necesita del auxilio del Estado, esta ayuda no debería verificarse a escasos días de elecciones generales, porque se daña a la política como herramienta de cambio para apuntalar el bienestar general. La imagen de la víspera promueve la idea de acciones clientelares, sectoriales, desprovistas de una solidaridad general; parecen apuntadas a un logro electoral. La dirigencia, en primer lugar, debería revisar sus conductas, y los que tienen una responsabilidad de control en los organismos del Estado deberían actuar conforme a las leyes para no afectar a la República y a la democracia.